Ser autónomo no implica desobedecer al Estado ¿Qué pretende el INE?
Miguel Francisco Barrera Aldama
Abogado, escritor y profesor
Twitter: @mbalda16
El día 13 de enero de 2022, el Gobierno de la Cuarta Transformación le presentó una propuesta de ajuste presupuestal al Instituto Nacional Electoral (INE) para que, haciendo las economías correspondientes, tengan los suficientes recursos para cumplir con sus obligaciones constitucionales para el año en curso, destacándose organizar los procesos electorales en seis Estados de la República, e implementar la consulta de revocación de mandato (un ejercicio de democracia participativa en el cual, por primera vez, se toma en cuenta la opinión del pueblo para decidir si un Presidente de la República continúa en su mandato, o éste, a petición popular, le es revocado). ¿Se imaginan que en anteriores sexenios hubiéramos podido tener este importante mecanismo de empoderamiento popular?
Es un hecho notorio los privilegios que disfrutan quienes dirigen al INE, encabezados por quien debería ser ejemplo de austeridad y respeto a la Constitución y a la Ley y, en los hechos, ha sido todo lo contrario: -Lorenzo Córdova-, junto con su adlátere escudero -Ciro Murayama. Dichos individuos reiteradamente han desacatado el supremo mandato de la soberanía popular (conferida a la Cámara de Diputados, como representantes de la Nación, quienes tienen la facultad constitucional de autorizar el presupuesto público en cada ejercicio fiscal) al haberles asignado una muy generosa cantidad de recursos y, aunado al mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (cabeza del Poder Judicial de la Federación) que le ordenó al INE que con la provisión de recursos asignados por los diputados realice la revocación de mandato (en virtud del acuerdo recaído a la controversia constitucional que interpuso Lorenzo Córdova sin hacer los ajustes financieros correspondientes a los colosales gastos suntuarios del INE y de quienes lo dirigen para hacer rendir la ya de por sí magnánima cantidad de dinero que les asignó el Legislativo para este año). Ante dicha circunstancia, Lorenzo Córdova y su adlátere Ciro Murayama se han desagarrado las vestiduras ante los medios de comunicación, alegando que sin los recursos que ellos exigen (sin hacer un esfuerzo serio por parte del INE para ajustar su presupuesto, por cierto) “no podrían cumplir con el mandato constitucional por causas de fuerza mayor”-según su dicho- y que hacer los ajustes presupuestales correspondientes “iría en contra de la Constitución”. (¡Mega-SIC!)
Para defender sus privilegios, sus altas percepciones y los gastos suntuarios, Lorenzo Córdova y Ciro Murayama se han mostrado “muy celosos de la Constitución”. Si de verdad lo fueran, habrían ajustado sus pingües emolumentos a lo que establece el Artículo 127 Constitucional, en el sentido de que ningún servidor público deberá ganar más que el Presidente de la República. Lorenzo y su adlátere, Ciro, así como la mayoría de los consejeros electorales, ganan el doble, por lo menos.
Si bien es cierto que el INE es un organismo autónomo constitucionalmente, también lo es que esa característica no implica que: a). Se asuman como un estado dentro del Estado y, b). Sean un poder equivalente al Ejecutivo, Legislativo o Judicial (aunque ellos se sientan el “supremo poder conservador del siglo XXI”). Un organismo está dotado de autonomía constitucional en cuanto a facultades y atribuciones para garantizar, entre otras cuestiones, que su ejercicio se ciña a las siguientes características señaladas en la jurisprudencia 20/2007, emitida por el Pleno de la Suprema Corte: “a) Deben estar establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Deben mantener, con los otros órganos del Estado, relaciones de coordinación; c) Deben contar con autonomía e independencia funcional y financiera; y d) Deben atender funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.”
En este orden de ideas, el Supremo Intérprete de la Constitución señala que un órgano constitucionalmente autónomo no está por encima de ningún otro órgano o poder y que deben atender eficazmente una función primaria del Estado; es decir, en el caso del INE, el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, entre las que se destaca para este año la realización de la consulta de revocación de mandato, CON EL PRESUPUESTO ASIGNADO. Ni más, ni menos.
El hecho de que el INE sea un órgano autónomo no implica exención en cuanto al ajuste presupuestal que demanda la austeridad republicana, pues es un mandato del pueblo de México que no haya más un gobierno rico (entiéndase, cualquier órgano público que funcione gracias al erario, no nada más la Administración Pública o los otros poderes) con pueblo pobre. El Gobierno de México le propuso al INE un plan de austeridad, elaborado con criterios técnicos. El pleno del INE, sin embargo, lo ha ignorado olímpicamente, porfiando en solicitar más recursos a la Secretaría de Hacienda, cuando lo anterior no es procedente constitucional ni legalmente. Dicha actitud por parte de la cúpula del INE hace más imperativo hoy que nunca el replanteamiento de la refundación de este organismo, a fin de que deje de ser Jauja de unos pocos, en detrimento de las ingentes necesidades del pueblo de México, so pretexto de una malentendida autonomía constitucional.