SCJN enmienda la plana al TEPJF; servidores públicos sí podrán promover revocación de mandato
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió la decisión tomada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que a petición de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, suspendía el decreto que permite a funcionarios públicos participar en actividades de propaganda para la revocación de mandato.
Y es que la SCJN rechazó el argumento del TEPJF, el cual indicaba que no puede haber ningún cambio legal en materia electoral dentro de los 90 días previos al inicio del proceso, pues éste no se encuentra previsto en la ley reglamentaria de la materia.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 46/2022 de los partidos de oposición, consideró en su acuerdo aprobado que “No ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, toda vez que la suspensión de las normas generales, sus efectos y/o consecuencias o el contenido de las disposiciones legales impugnadas en una acción de inconstitucionalidad, no se encuentra previsto en la ley reglamentaria de la materia”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha rechazado suspender los efectos del Decreto Interpretativo sobre "Propaganda Gubernamental" que aprobamos en el Parlamento.
El Decreto sigue vigente, todos los servidores públicos podemos difundir el ejercicio de revocación de mandato pic.twitter.com/VTavb4zilP
— 🇲🇽 Hamlet Almaguer (@hamlet_almaguer) April 4, 2022