22 Dic 2024

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Los efectos del amparo (explicación para golpistas)
Columnas

Los efectos del amparo (explicación para golpistas)

A propósito de las intenciones de los -digámosles “inconformes” (o en palabras más jocosas, del poco ilustre expresidente peña, ésos que ningún chile les embona)-, los resultados positivos que se pueden contar, muy a pesar de la pandemia y el estado deplorable que se registró y dio cuenta en materia de salud e infraestructura pública a la entrega y recepción del sexenio actual, en el momento en que se autorizó el uso de vacunas, los fachos y golpistas no han hecho sino “molestingar”.

Bueno, es que más bien, molestingan día y noche, por cualquier cosa o sin motivo y desde siempre, pero nos vamos a centrar en las vacunas. De los comentarios más absurdos que nos tocó escuchar, estuvo el de el “expresidente Calderón”, que aseguraba que la estrategia de vacunación era, por decirlo barato, inadecuada y que, por eso, tendríamos que esperar como 134 años para que toda la población estuviera vacunada. Nada más lejos de la realidad. Apenas inició en febrero y, del universo de personas por vacunar, en tan solo nueve meses (contando octubre que corre y siendo este mes el límite propuesto por el Presidente para que todos tuviéramos al menos, una vacuna), se han recibido y administrado 109 millones de vacunas, con las que 49.6 millones tenemos ambas dosis y representamos al 38.5% de la población con esquema completo; en tanto que el 48% de la población cuenta con la primera aplicación de alguna de las vacunas que México adquirió y aprobó por medio del Cofepris. Estos datos son verificables en Our World in Data, que es el instrumento de medición de datos, que se ha aplicado para la supervisión de todos los datos relativos al COVID, enfermos totales, decesos, recuperaciones, vacunados, etcétera en todos los países del orbe. Aquí sí, que es imposible que los fachos puedan decir #HacíÑoooAnlo.

Al paso que vamos, antes de que termine 2021, toda la población estará inoculada con el esquema completito. (El tuit en que este siniestro sujeto ya andaba de criticón sobre la estrategia de vacunas, fue de 13 de febrero de 2021, basado en el que el organismo de rastreo covidvax.live había publicado, unos cuantos días posteriores a recibir el primer embarque de vacunas Pfizer, y señalaba que nuestro país había aplicado 728, 872 dosis y, en consecuencia, Felipe del Sagrado Corazón de Jesús Calderón Hinojosa, mejor conocido como Borolas, o el carnicero de Michoacán, tuvo la osadía de decir que, según sus matemáticas, México tardaría  casi 50,000 días, o sea, para abril o para mayo de 2155, pero muy solícito se fue a aplicar sus vacunas de acuerdo al calendario, y en julio festejaba su esquema completo, sin dejar de criticar las discrepancias en el manejo de la pandemia, como si él, cuando el AH1N1 hubiera hecho algo de proporciones semejantes. Según consta en los archivos históricos, lo único que hizo, fue adquirir deuda. Y punto. Y que conste que no se trató de una pandemia tan devastadora en materia social, económica y política como ésta, que ha llevado al mundo a un paro de más de dieciocho meses. Entonces, fueron un par de semanas y ya. Nos pusieron la vacuna de la “influencia” (como decía su amiga la maistra elba Esther) y listo.

Pues bien, así como este alharaquiento, ha habido un desfile enorme de pseudo mexicanos: pseudo científicos, pseudo intelectuales, pseudo periodistas, pseudo estadistas, pseudo políticos y pseudo todo, que han querido dar lecciones de cómo se debe gobernar y que, curiosamente, cuando estuvieron en dichos cargos, poco o nada hicieron para cambiar las políticas que pudrieron el sistema; y menos aún, que permitiera mejorar en realidad, la vida de los mexicanos. Es comprobable la manera en que este tipo de situaciones adversas, ayudaron a empobrecer a los mexicanos, más allá del límite de la indecencia. Las crisis sirvieron para generar caos, crisis y pobreza. ¿o miento?

Y no hemos visto que este ataque amaine, sino al contrario, en cuanto tuvieron oportunidad, como la canción del elefante que fue a llamar a otro porque la telaraña en que se columpiaba resistía y resistía, los golpistas de siempre fueron a meterle ruido al chicharrón y empezaron con su amparitis. Esto porque, como nada les parece y no entendieron, después de 451 conferencias de salud en que cada tarde se explicaban detalles, nuevos hallazgos y, conforme se iban dando, avances en la estrategia de tratamiento y luego, de vacunación, tampoco escucharon ni se dieron cuenta de que, a mayor edad y comorbilidades, más peligro y, por consecuencia, los menores, las personas sin enfermedades importantes y los jóvenes, eran y son menos propensos a los efectos letales del COVID.

Así que se fueron en plan ataque, como siempre a exigir de manera judicial, que a los niños se les aplicaran las vacunas, sin que en México haya aún estudios que avalen la necesidad, la pertinencia o la seguridad de tal medio de prevención para controlar la diseminación del virus. En fin, que hubo lluvia de amparos. El primero, interpuesto para que se obligara al sector salud a que se vacunara a un menor, de nombre Ángelo y la sentencia dice:

­ “Se concede la suspensión provisional para el efecto de que las autoridades responsables apliquen a la brevedad posible al menor quejoso la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, quedando bajo su más estricta responsabilidad lo concerniente a su valoración, en el sentido de determinar si físicamente y de acuerdo a su estado de salud, es candidato a la aplicación de la misma y en las modalidades (tipo o marca de la vacuna) así como las dosis que correspondan.

Y así, a la fecha, hay medio centenar de resoluciones a favor de que se inmunice a menores. El motivo, según los amparistas, es que el gobierno federal, o sea el presidente, no quiere que los niños estén vacunados. Así de bajos y repugnantes.

Esto no es ni siquiera apegado a la realidad. En el mundo entero se ha demostrado que los niños tienen una resistencia mayor a adquirir y enfermar gravemente de COVID y quizá sea porque tienen un montón de vacunas de un chorro de virus que, puede ser que tengan al cuerpo más acostumbrado a repeler estos bichos, puede ser…

La cosa es que ahora que ya se hizo una “modita”, cualquiera va con un juez federal y solicita que la justicia de la unión ampare y proteja a los quejosos por lo que se les ocurra que se pueda configurar como actos negligentes o peligrosos. Y lo peor, es que los medios masivos de desinformación y algunos reporteros distraídos, no hacen sino diseminar miedo, ignorancia y falsas concepciones.

Resulta que el miércoles, en la conferencia mañanera, la reportera del medio 24 horas, sin ninguna educación, por cierto, y haciendo uso del grito arrabalero para arrebatar respuestas del Presidente aún y cuando ya se iba, salió con una barrabasada mayúscula que mereció, como siempre, una respuesta igual de contundente de parte de Andrés Manuel López Obrador. Ella aseguró que se había publicado en el reforma (como si fuera confiable su info), que ya era obligatorio para la Nación, la aplicación de vacunas a todos los niños mayores de 2 y menores de 16 años, porque los efectos de una sentencia así lo señalaban. Y el presidente, haciendo acopio de paciencia y seriedad (porque se notaba a leguas que le dio más risa que enojo), tuvo que explicar, grosso modo, que los efectos de un amparo no son generales. Y aquí la explicación técnica, pero no en abogañol estricto:

Un amparo es un medio de defensa por el que el gobernado solicita la protección judicial contra un acto que vulnere los derechos humanos de alguien, ya sea por un acto producido por una autoridad sin una orden dictada por un juez (como una detención ilegal) o bien, por la emisión de una ley que, a su consideración, viola cualquier derecho que se considere en la Constitución Federal o en los instrumentos de Derechos Humanos que México tiene signados. Es, sin duda, el medio de defensa más poderoso con que contamos para combatir las irregularidades y abusos de las autoridades.

De entre los efectos que producen, están la suspensión provisional o definitiva de esos actos para que o bien se mantengan en la forma en que se encontraban hasta antes del acto de molestia, o bien, se dejen de producir definitivamente los efectos de aquello que se denuncia. Otro, es que se obliga a que los actos irregulares se regularicen y sean atendidos por la autoridad a quien corresponda, para que ninguno se ejecute fuera de la ley.

Un tercer efecto, y el más importante, es el que se denomina como Fórmula Otero, que se refiere al efecto que tiene dicha resolución judicial sobre la ley o acto que se impugna, y esto es, que únicamente afecta a las partes en el juicio de amparo, o sea, al peticionario de amparo y el acto que se reclama. Así, el principio de relatividad se explica así: si Juanito Pérez solicita la aplicación de la vacuna a favor de su menor hijo Juanititito Pérez, que padece diabetes infantil y que se considera una comorbilidad que puede ser motivo de complicación en el caso de contagio de COVID; si el juez determina que es cierta la injusticia que reclama Juanito Pérez, la resolución tendrá efectos únicamente para Juanititito Pérez. O sea, el que haya una o veinte o mil resoluciones con sentido idéntico, no hace que los, por decir, 25 millones de menores de 16 años puedan acceder automáticamente a los esquemas de vacunas, porque así lo plantea reforma o 24 horas. Los que tengan dudas, pueden ir a consultar lo que al efecto dice la fracción II del artículo 107 de la Constitución y, a mayor abundamiento, la Ley de Amparo en su artículo 73.

Son pocos y excepcionales los casos en que las resoluciones de amparo pueden aplicar a todas las autoridades y proteger a todas las personas. A estos efectos, conocidos como erga omnes, son relativos a sentencias que se emiten sobre normas generales por medio de la impugnación de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que no son medios de defensa de personas físicas, sino, como lo señala también la Constitución Mexicana, se reservan a la Federación, los Estados, los Municipios, los Poderes de la Unión; los partidos políticos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las legislaturas locales, el Fiscal General de la República y deben versar sobre disposiciones generales entre dichas entidades, por violaciones a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, o bien, cuando se denuncie la contradicción entre normas generales (leyes, reglamentos, etcétera) y la Constitución. Estas resoluciones emitidas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la naturaleza y materias que dirime, tienen efectos generales, o, como dije antes, erga omnes.

Entonces, y como conclusión, así como lo dijo tan claramente el presidente, no le crean al reforma. Hoy tenemos al alcance de la punta de nuestros dedos, la información que necesitamos saber. Ahí tenemos el sitio de la Cámara de Diputados, donde se albergan todas las leyes federales que quieran conocer. Ahí está la constitución. Lean los artículos 103, 105 y 107 y verán de que se trata el juicio de amparo, a quienes protege y quienes resienten sus efectos.

Si algo fallará irremediablemente en el cálculo que tienen hecho sobre el tamaño del golpe blando, será el efecto que éste tenga en la población, a mayor ignorancia, mayor extensión. Saber es poder y nosotros, hoy, podemos ser el dique rompeolas que debilite los constantes golpecitos de esa oposición que todos los días estrena un nuevo capítulo de su nivel de ardor y debilidad ante un pueblo que cada vez es más poderoso.

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