Por: Jenner Torrez Vázquez
La controversia en torno a la renuncia al cargo de Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte de Eduardo Medina Mora presentó hoy un episodio más con la ratificación que hizo ésta el Senado, aceptada previamente por el presidente Andrés Manuel.
La constitución, en su artículo 50, establece el principio de división de poderes y la estructura del Poder Judicial, esto se consigna en el capítulo IV con 13 artículos para su reglamentación.
Con la reforma constitucional al Poder Judicial en 1994 se asumía la construcción institucional de uno de los contrapesos al Poder Ejecutivo y la posterior integración del legislativo en 1997, donde el PRI perdió la mayoría. Parecía representar la superación del régimen presidencial heredado de la época posrevolucionaria por un nuevo régimen democrático.
En el caso del otrora ministro Medina Mora dos artículos cobran relevancia: el 94 y 98; el primero refiere a los requisitos para ser designado ministro y el segundo describe el proceso a seguir cuando existe una vacante en el pleno.
En 2015, cuando el entonces presidente Peña Nieto envío la terna al Senado para la elección del puesto vacante, dejado por la ministra en retiro y Secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero, numerosas voces cuestionaron y criticaron la inclusión de Medina Mora bajo el argumento de incumplimiento de dos requisitos específicamente:
1) residencia en el país en los dos años inmediatos anteriores a la designación, puesto que fungió como embajador en Reino Unido y en Estados Unidos, respectivamente, lo que evidencia su ausencia permanente en el país de 2013 a 2015, y
2) gozar de buena reputación, dado que como Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (2000 a 2005), Secretario de Seguridad Pública (2005-2006) y Procurador General de la Republica (2006-2009) enfrentó serias acusaciones de violaciones a Derechos Humanos.
Su paso por la SSP y la PGR no deben pasar inadvertidas; desde la primera fue uno de los principales artífices de la fallida guerra contra el narcotráfico bajo la falsa premisa de la población mexicana como consumidora ascendente de drogas. En la segunda ejecutó el programa de identificación de funcionarios relacionados con la delincuencia organizada. Bajo el esquema de testigos protegidos se iniciaron averiguaciones que derivaron en detenciones, que frente a la ausencia de elementos (pruebas) o a los fallos de la SCJN, resultaron en la liberación de los acusados. Medina Mora es responsable de episodios lamentables para la justicia mexicana, recordemos el célebre “michoacanazo”.
Sin embargo, pese a los señalamientos en su contra y las 52 mil firmas de ciudadanos que pidieron su rechazo, Medina Mora fue electo con 83 votos en el Senado, en un evidente acuerdo entre el PRI y el PAN. No es casualidad que el dictamen elaborado por la comisión de Justicia que presidia el panista Roberto Gil Zuarth fuera defendido por el priista Omar Fayad.
El paso de Medina Mora por la SCJN no podría estar exento de episodios cuestionables que merecen ser denunciados en 2018, a través del recurso de controversia constitucional, la consejería jurídica de la presidencia solicitó a la SCJN suspender cualquier carpeta de investigación o procedimientos en contra de funcionarios federales. En el caso del exsecretario general adjunto del PRI, Medina Mora admitió dicho recurso pese a existir un evidente conflicto de intereses para beneficiar a quien lo había propuesto para el cargo.
En ese sentido, se evidenció su cercanía con Peña Nieto al asistir y convivir ambos en la boda de la hija de Juan Collado. Con este antecedente se presentó un recurso de reclamación que pretendía comprobar su amistad, éste fue admitido pero a partir de su renuncia ha quedado sin efecto.
Finalmente, antes de solicitar su renuncia al presidente Andrés Manuel, Medina Mora concedió a trámite una nueva controversia legal solicitada por Jaime Rodríguez “el Bronco” – gobernador de Nuevo León- contra la orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordenó sancionarlo y al mismo tiempo dispensó una suspensión que prohíbe al Congreso de Nuevo León la ejecución de cualquier medida provisional o de sanción al mandatario estatal.
Mención aparte requieren los actos escandalosos de los últimos meses, cuando mediante una columna del periódico El Universal se dio a conocer que la Agencia Criminal del Reino Unido detectó transferencias irregulares de las cuentas de Medina Mora en México a un banco en ese país.
Se suma a lo anterior el reporte del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, que identificó entre 2016 y 2018 millonarias transferencias en su cuenta en ese país que provenían también del Reino Unido.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, encabezada por Santiago Nieto, inició una investigación sobre los movimientos bancarios del exministro Medina Mora, quien mediante una carta dirigida al Ministro Presidente Arturo Saldívar adujo manipulación informativa.
Posterior al envío de la carta de renuncia del ex ministro al Presidente Andrés Manuel, para su aceptación y posterior ratificación en el Senado, la oposición no ha desaprovechado la oportunidad de enunciar una diversidad de hipótesis alrededor del evento: desde un supuesto pacto de inmunidad hasta el hecho de encontrarnos frente a una crisis constitucional que, presumen, representa la ruptura del equilibrio de los tres Poderes de la Unión.
Tras la aceptación de la renuncia del ex ministro, los detractores del Gobierno Federal enarbolan un discurso de aparente preocupación por lo que han enunciado como una tiranía legal al eliminarse el Poder Judicial como contrapeso al Ejecutivo, en donde asumen que el ministro que resulte de la terna enviada por el actual presidente representará los intereses de Andrés Manuel en la SCJN.
Bajo esta lógica evidencian su ignorancia del marco normativo y de la historia de México; la primera porque, derivado de la reforma de 1994, es facultad del presidente elaborar una propuesta para la vacante en el pleno de la SCJN ante el Senado y, en caso de darse dos votaciones negativas a la terna, el presidente podrá nombrar al nuevo ministro sin la necesidad de la aprobación de la Cámara Alta. La ignorancia histórica de la oposición está en que las acusaciones de “tiranía legal”no son novedosas; en 2003 fue designado José Ramón Cossío Díaz a propuesta de Vicente Fox y en 2009 Arturo Zaldívar propuesto por Felipe Calderón, ambos juristas han evidenciado su independencia y autonomía.
En el gobierno de la Cuarta Transformación se eligió a Juan Luis Alcántara Carranca en 2018 y a Yasmin Esquivel en 2019 como nuevos ministros, en sustitución de Cossío Díaz y de Margarita Luna Ramos. Frente a los señalamientos de cercanía de los nuevos ministros con el presidente Andrés Manuel, que se traduciría en ministros a modo, la evidencia empírica demuestra lo contrario: el ministro Alcántara Carranca votó a favor del ordenamiento al Congreso de fijar un parámetro para establecer el salario del presidente de la República y la ministra Esquivel votó en contra de otorgar capacidad de bloqueo a las cuentas bancarias la UIF, ambas claras oposiciones a la pretensiones presidenciales. Esto da cuenta de la independencia de ambos ministros, de tal forma que la especulación de la oposición se diluye a partir de la evidencia observada.
Tal parece que a la oposición el sinsentido de la frase “estábamos mejor cuando estábamos peor” en efecto le hace sentido: se mantienen obstinados en defender el status quo del antiguo régimen. No han logrado asumir el llamado realizado por el pueblo mexicano en las urnas en julio del año pasado.
Jenner Torrez Vázquez
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