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¿Ahora sí ya se puede preocupar Chayo?
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¿Ahora sí ya se puede preocupar Chayo?

Rosario Robles es una mujer, ciertamente, audaz. Una de las primeras que tuvo un lugar de honor, en la izquierda mexicana de finales del siglo pasado, cuando se fundó el PRD, al ser la sucesora del Ingeniero Cárdenas, cuando contendió por la presidencia en 2000 y ella ocupó el puesto de Jefa de Gobierno del Distrito Federal (la primera mujer en gobernar la ciudad más grande del mundo), aunque por un breve periodo, de septiembre de 1999 a diciembre de 2000, en que López Obrador ganó la jefatura y se convirtió en el segundo mejor regente del mundo, sólo después de Rudy Giuliani, tras los lamentables ataques de las Torres Gemelas de Nueva York.

Durante el tiempo en que fue Jefa de Gobierno, le tocó acusar y emprender una investigación contra el antecesor de Cárdenas, Óscar Espinosa Villareal, por el delito de peculado, al haber desviado millones de pesos de recursos públicos a Antorcha Popular, pues siempre fue el brazo porril del PRI en las calles. Cuando tomó posición como presidenta del partido, en 2004, ocurrió el escándalo de “el señor de las ligas”, René Bejarano, siendo grabado al recibir una billetiza que tenía que ir juntando en montoncitos, con ligas, para guardarlos en las bolsas de su saco y un portafolio. El dinero, en teoría, era el pago en efectivo que se recibía para el otorgamiento de contratos con el gobierno de la capital. Bejarano fue desaforado; estuvo unos 8 meses en el reclusorio, y luego, absuelto de las acusaciones; sin embargo, fue destituido y no ocupó ningún otro puesto público porque el escándalo “tiznó” su vida política.

Quien hacía la entrega del dinero era Carlos Ahumada, entonces “novio” de Rosario Robles, y los oscuros personajes, designados por Carlos Salinas de Gortari, Diego Fernández de Cevallos, el abogado en prisión Juan Collado y el panista Federico Döring, quien presentó el video, en exclusiva, en el programa de Brozo. Como cosa curiosa, Rosario resultó acusada por su participación en el financiamiento de las campañas del partido, con dinero de Carlos Ahumada. (Primera llamada, primera).

Por este escándalo, Rosario salió de la dirección del partido, cuando miembros de esa agrupación política, Carlos Imaz y Ramón Sosamontes, la señalaron de haber sido el contacto con Ahumada para favorecerlo en contratos de construcción de obras del Gobierno del DF. Desde entonces, Chayo negaba todas las acusaciones, aunque la evidencia era tal, que la expulsión del PRD, ocurrió enseguida. (Segunda llamada, segunda).

Desde 2004, la Robles mantuvo un perfil bajo, pero se dedicó a trazar una alianza empresarial en favor de las mujeres; primero como columnista en diversos periódicos y luego, como asesora política de campañas encabezadas por mujeres.

Fue en 2012 que, finalmente y seducida por el bombón Peña Nieto, se hizo parte del último gobierno priísta, para convertirse en la Secretaria de Desarrollo Social. Este es un puesto dedicado a tender puentes de progreso para las personas más pobres del país. Durante la administración de Peña, y bajo la dirección de Rosario, primero y de Meade Kuribreña (hoy parte del cuerpo administrativo de Chedraui), según se consignó en la Auditoría Fiscal de la Federación, de 2015, se desviaron casi dos mil millones de pesos, mediante un esquema de simulación bien articulado, con universidades estatales que “prestaban servicios” y cobraron (ayudaron a desviar, más bien), al menos por 887 millones de pesos; además de otras personas ligadas a gobiernos locales del norte del país.

Sin embargo, Rosario fue trasladada de la SEDESOL a la SEDATU, que es la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que también resultó ser la instancia que más que ayudar a los ciudadanos más desfavorecidos y más empobrecidos por los gobiernos del PRIAN, logró cristalizar una estafa por más de 5 mil 73 millones de pesos, lo que está consignado en 25 expedientes de auditoría y muchas más carpetas de investigación, entre las que se relaciona con un convenio por 185 millones de pesos, suscrito entre la misma SEDATU y la Universidad Politécnica Francisco I. Madero (UPFIM).

Pues como es evidente, Rosario fue titular de ambas secretarías, en las que se desviaron miles de millones de pesos bajo sus narices y, como queda de manifiesto en las investigaciones que la tienen bajo proceso, ella no sólo tuvo conocimiento de ello, sino que además, fue quien autorizó tales desvíos, ya que no era posible que se realizaran sin su venia. (Tercera llamada y comenzamos)

Sin embargo, como era antes de 2018, este tipo de hechos delictivos, no eran considerados tales; es más, para evitar ese tipo de inconvenientes, en tiempos de la presidencia de Salinas de Gortari, se borró del Código Penal el tipo de “corrupción”, porque era una palabra muy poco cortés con que se determinaba a toda esa faunilla que se hizo multimillonaria al amparo del poder y el contubernio con empresarios tramposos. Entonces, los desvíos solo eran considerados como traslado de valores de una bolsa (la pública, o erario) a otra bolsa (la privada de los políticos, sin posibilidad de rastrear y recuperar). Pero en la vida real, en el mundo del ser, el que roba se llama ladrón y debe ser castigado.

¿Qué es lo que pasa con Rosario Robles? ¿Sí es “perseguida política de este sexenio, o es una mujer que, en ejercicio de sus tareas políticas cometió delitos que hoy son considerados como delitos, por así determinarlo la ley penal mexicana, con las agravantes de su calidad de funcionaria y el monto de los desvíos que se le atribuyen?

Como ya decía, fue borrada la corrupción del catálogo de delitos cometidos por funcionarios públicos, peeeero, con la reforma que decreta que se trata de un delito grave, ya no es posible ver que este tipo de personajes actuaban sin consecuencias. Pero además, este tipo penal exige que los delitos de corrupción sean cometidos por funcionarios en ejercicio de su encargo, y por ello, es que se agrava. Así lo señala el artículo 212 del Código Penal Federal:

Artículo 212.- Para los efectos de este Título y el subsecuente, es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del  Estado,  en  los  órganos  constitucionales autónomos,  en el  Congreso de  la Unión, o en  el Poder Judicial  Federal,  o  que  manejen  recursos  económicos federales.  Las  disposiciones  contenidas  en  el presente  Título,  son  aplicables  a  los  Gobernadores  de los  Estados,  a  los  Diputados,  a  las  Legislaturas Locales  y  a  los  Magistrados  de  los  Tribunales  de Justicia  Locales,  por  la  comisión  de  los  delitos previstos en este Título,  en materia federal.

Se  impondrán  las  mismas  sanciones  previstas  para el  delito  de  que  s e  trate  a  cualquier  persona  que participe  en  la  perpetración  de  alguno  de  los  delitos previstos en este Título o  el  subsecuente.

De  manera  adicional  a  dichas  sanciones,  se impondrá  a  los  responsables  de  su  comisión,  la  pena de  destitución  y  la  inhabilitación  para  desempeñar empleo,  cargo  o  comisión  públicos,  así  como  para participar  en  adquisiciones,  arrendamientos,  servicios u  obras  públicas,  concesiones  de  prestación  de servicio  público  o  de  explotación,  aprovechamiento  y uso  de  bienes  de  dominio  de  la  Federación  por  un plazo  de  uno  a  veinte  años,  atendiendo  a  los siguientes  criterios:

  1. Será por  un  plazo  de  uno  hasta  diez  años cuando  no  exista  daño  o  perjuicio  o  cuando  el monto  de  la  afectación o beneficio obtenido por la comisión del  delito  no  exceda de  doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y
  2. Será por un plazo de diez a veinte años si dicho monto excede el límite señalado en la fracción anterior.

Para efectos de lo anterior, el juez deberá considerar, en caso de que el responsable tenga el carácter de servidor público, además de lo previsto en el artículo 213 de este Código, los elementos del empleo, cargo o comisión que desempeñaba cuando incurrió en el delito.

Cuando el responsable tenga el carácter de particular, el juez deberá imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas, considerando, en su caso, lo siguiente:

  1. Los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones;
  2. Las circunstancias socioeconómicas del responsable;
  • Las condiciones exteriores y los medios de ejecución, y
  1. El monto del beneficio que haya obtenido el responsable.

Sin perjuicio de lo anterior, la categoría de funcionario o empleado de confianza será una circunstancia que podrá dar lugar a una agravación de la pena.

Cuando los delitos a que se refieren los artículos 214, 217, 221, 222, 223 y 224, del presente Código sean cometidos por servidores públicos electos popularmente o cuyo nombramiento este sujeto a ratificación de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, las penas previstas serán aumentadas hasta en un tercio.

Con esto a la mesa, ¿hay duda de que la calidad de servidora pública de Rosario no es parte importante de este esquema?

Dos precisiones: primero, el que era su jefe, Peña Nieto, en todo tiempo la respaldó, porque esos dineros desviados fueron a parar a los negocios que se celebraron para apuntalar su campaña presidencial y el triunfo. Negocios que, como ahora sabemos, incluyeron a grandes corruptores de talla mundial, como Odebrecht.

Segunda, que aun cuando la hija de Rosario está acusando persecución política, violencia en razón de género y otras argucias ante la comisión interamericana de Derechos Humanos; que ha demandado al propio Fiscal General y que señala al Presidente como el responsable de la caída en desgracia de su señora madre, lo que ella está padeciendo en el Penal de Santa Martha Acatitla no es sino el resultado directo de sus acciones como titular de las dos secretarías que permitieron los desvíos de miles de millones de pesos que estaban destinados a los más pobres de México. Tanto es así, que sus excolaboradores han sido puestos en prisión preventiva sin derecho a continuar el proceso excarcelados, y bajo el criterio de oportunidad.

Emilio Zebadúa, Oficial Mayor y Enrique González Tiburcio, Subsecretario, ambos de SEDATU, están entregando la información que demuestra que ellos no sólo fueron parte de estos robos, sino que actuaron bajo la orden de Rosario, quien a su vez acataba órdenes de Luis Videgaray y Enrique Peña Nieto. Por eso pregunto ¿ya se puede empezar a preocupar Chayo?

Robles dice que no va a mentir para salir de la cárcel; que no sabe nada de ese dinerito; que es más, sus veinte mil pesos de la cuenta bancaria ya se le acabaron, pero ¿no será que sigue protegiendo absurdamente a quienes de plano no han dado un minuto de apoyo a la mujer que ha frenteado este increíble acto de corrupción? Ojalá que Rosario y su hija, Mariana Moguel, recapaciten en que la presencia de Chayo no es una venganza, y que es la oportunidad de que quienes la llevaron a este crudo momento no son sus amigos, porque entre los pillos no hay honor.

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