Miguel Francisco Barrera Aldama
Abogado, escritor y profesor
Twitter: @mbalda16
Diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Fecha infausta para la democracia y las libertades del pueblo mexicano. Fecha en la que la propia autoridad electoral, de manera facciosa e inconstitucional, abjura de sus más elementales obligaciones que la Ley Fundamental de México le impone, al posponer arbitrariamente la realización del ejercicio de la revocación de mandato para el mes de abril del año próximo, de acuerdo con el Artículo 41, Base V, Apartado B, literal c), que a la letra dispone respecto del INE: “Para los procesos de revocación de mandato, en los términos del artículo 35, fracción IX, el Instituto Nacional Electoral deberá realizar aquellas funciones que correspondan para su debida implementación.”
El mandato constitucional es claro y no deja lugar a interpretaciones, ni maromas jurídicas, como de manera chicanera -cuales viles leguleyos de quinta- hacen los consejeros electorales encabezados por Lorenzo Córdova, para justificar la traición que han cometido en contra del pueblo de México. Lo anterior es así, porque la Constitución General de la República es clara y precisa: los servidores públicos del INE deberán realizar las funciones que correspondan para la debida implementación de la revocación de mandato. Nada más. Pero nada menos.
No se nos olvide el nombre de estos malos servidores públicos, quienes están en contra de que el pueblo mexicano se exprese libremente en cuanto a los ejercicios de revocación de mandato, toda vez que, so pretexto de supuestas “insuficiencias presupuestales”, posponen un deber constitucional que es imperativo cumplir, les guste o no a los consejeros electorales traidores a la democracia, pues el INE no está sujeto a si se les asignan presupuestos suficientes para sostener los gastos en frivolidades y dispendios a los que se habían acostumbrado bajo el cobijo del erario.
Estos traidores a la democracia son: Lorenzo Córdova, José Roberto Ruiz, Ciro Murayama, Jaime Rivera, Dania Ravel y Claudia Zavala. Ellos son quienes cargarán con el estigma de haber frenado, inconstitucionalmente, el cumplimiento de un deber (su deber) que como integrantes del INE era taxativo cumplir, bajo argumentos leguleyos que no son sino meros pretextos para abdicar en contra del pueblo de México de la cabal realización de su función constitucional y legal que es organizar procesos electorales, de consulta ciudadana y de revocación de mandato, ejercicios de democracia semidirecta que es fruto de la conquista del pueblo de México por sus libertades políticas.
Los consejeros electorales anteriormente señalados, deberían ser sujetos a juicio político, en los términos precisados por los Artículos 109 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues sin motivo ni justificación alguna han incumplido con su obligación constitucional por la cual están detentando esos cargos públicos del Estado Mexicano (máxime que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de que no es pretexto alegar una supuesta falta de presupuesto para posponer la realización de la revocación de mandato planteada a llevarse a cabo en el mes de abril de dos mil veintidós). Han incumplido con su deber como servidores públicos al abjurar del cumplimiento de su mandato constitucional y deberán hacer frente al juicio inapelable de la Historia, del cual nada ni nadie escapará. Queda en sus conciencias y en la memoria colectiva de nuestro país este acto de traición al pueblo y a la democracia por parte de estos siniestros personajes. La Historia NO los absolverá.