Nuevo revés a AMLO: SCJN invalida el llamado decreto que clasificaba obras prioritarias como seguridad nacional
Con 8 votos a favor y 3 en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el “decretazo” del presidente Andrés Manuel López Obrador con el que clasificó las obras prioritarias como un asunto de seguridad nacional.
Con 8 votos a favor y 3 en contra del proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se declaró procedente y fundada la impugnación del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) debido a que el Ejecutivo instruyó a las dependencias y entidades de la Administración Pública federal a reservar la información de manera obligatoria debido al llamado “decretazo”.
¿Cómo votaron?
A favor del proyecto
- Juan Luis González Alcántara Carrancá
- Javier Laynez Potisek
- Luis María Aguilar Morales
- Alberto Pérez Dayán
- Ana Margarita Ríos Farjat
- Jorge Mario Pardo Rebolledo
- Norma Lucía Piña
En contra del proyecto que declaraba inválido el decreto de López Obrador
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Yasmín Esquivel Mossa
- Loretta Ortiz Ahlf
De acuerdo con información dada, el Pleno determinó que dicho acuerdo afecta al derecho a la información e interfiere en las facultades de actuación del INAI.
“En el caso que nos ocupa, en el escrito de demanda analizado, se extraen algunos argumentos suficientes para considerar que la emisión del acuerdo impugnado es susceptible de causar un impacto en el derecho de acceso a la información”, dijo González Alcántara Carrancá, quien afirmó que el acuerdo presidencial vulnera el derecho a la información y es susceptible de incidir en el ámbito de actuación del INAI.
En ese sentido, la ministra presidenta de la Corte, Norma Piña votó a favor de invalidar el “decretazo” de AMLO para reservar la información de los megaproyectos de AMLO: “de acuerdo con el proyecto, porque además se impide que el INAI ejerza debidamente su facultad revisora, lo cual trasciende en que ejerza sus competencias legales vinculadas con asegurar que la ciudadanía disfrute del derecho de acceso a la información pública”.
Coincidió con lo manifestado por el ministro Javier Laynez Potisek, quien sostuvo que el “decretazo” afecta el sistema y la facultad reglamentaria del INAI y sus facultades en sí mismas.
“Claro que afecta el sistema, claro que afecta la facultad reglamentaria del órgano y sus facultades el que, mediante un acuerdo, se instruya de manera obligatoria, a todas las secretarías, perdón pero sí es el objetivo tiene que ser forzosamente la reserva, forzosamente porque están obligados a seguir el decreto y si el decreto me dijo considerarlo de seguridad nacional, pues lo que voy a hacer es clasificarlo como de seguridad nacional, entonces creo que a mi me parece sumamente claro”, sostuvo Laynez Potisek.
#LaCorte declaró inconstitucional el acuerdo del Poder Ejecutivo que declaraba obras y proyectos como de interés público y de seguridad nacional, por transgredir el derecho de acceso a la información, así como las facultades del @INAImexico para su salvaguarda.
— Suprema Corte (@SCJN) May 18, 2023