UIF presenta denuncia contra Lozoya; ahora por gastos de más de 8 millones de pesos, tan solo en tarjetas de crédito
La Unidad de Inteligencia Financiera presentó ante la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República (FGR), a cargo de María de la Luz Mijangos, una nueva denuncia contra Emilio Lozoya, quien se encuentra en prisión preventiva por los delitos de lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho por recibir sobornos de la constructora brasileña Odebrecht, así como de Altos Hornos de México.
En esta ocasión se trata de la incongruencia en la evolución de los gastos del demandado, que sumaron más de 26 millones de pesos a partir de 2013 y durante los siguientes seis años, pues a su ingreso en la administración federal como director de Petróleos Mexicanos (Pemex), durante la administración de Enrique Peña Nieto, sus gastos mensuales en tarjetas de crédito oscilaban entre los 100 y los 200 mil pesos, sin embargo para 2016 ya promediaba montos cercanos al millón de pesos, permaneciendo alrededor de esta cifra durante 2017, llegando hasta un cargo en la tarjeta de su esposa Marielle Helene Eckes por 8 millones 811 mil 344 pesos, sin comprobar de donde proviene ese ingreso.
Es de hacer notar que Lozoya tuvo un sueldo promedio alrededor de los 220 mil pesos entre 2013 y 2015, pero su promedio de saldo en tarjetas de crédito superaba los 300 mil pesos, lo cual el acusado intenta justificar con inversiones bancarias, fondos de inversión y organizaciones privadas, de los cuales no existe registro fiscal.
La UIF detectó al indiciado costosas obras de arte, entre las que se encuentran una de Salvador Dalí y otra de Pablo Picasso, además de tres domicilios en Nueva York, EU y Ginebra, Suiza.
“Deja su cargo de director en febrero de 2016 y no hace pública la declaración de ese año, por lo que se conoce que de 2013 a 2015 recibió 8 millones 22 mil 198 pesos por concepto de salario, y asimismo señala que tiene inversiones bancarias, fondos de inversión y organizaciones privadas”, apunta la UIF.
Sin embargo los “Montos que no son acordes con los gastos millonarios que opera financieramente a escala nacional e internacional, sin que se localice declaración de ingresos por dividendos de las empresas en donde se identifica como accionista, asimismo no se localiza el monto que percibe por las inversiones que declara, lo que implica una posible evasión fiscal”, señala el documento.
Por lo tanto “Se estima indispensable asegurar las cuentas referidas, así como los recursos económicos o activos de cualquier tipo que procedan de las cuentas y que se encuentren en poder de la institución bancaria relacionada, como títulos normativos, cheques devueltos de otros bancos, ya sean de caja o personales, y títulos de fondos de inversión, toda vez que constituye la única forma de evitar, sin lugar a dudas, que los recursos que son motivo de las operaciones reportadas, sean ocultados o alterados y garantizar de ese modo el posible decomiso de los mismos en su oportunidad”, continúa la UIF.
“Para el caso de que los aludidos recursos o títulos nominativos no pudieran ser ubicados para su aseguramiento, esta medida cautelar real deberá comprender también cualquier tipo de cuenta o inversión en la que los recursos implicados en los cheques hayan sido depositados o transferidos, total o parcialmente”, finaliza.