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No se deberán declarar los depósitos mayores a 5 mil pesos: SAT
El día, Nacional, Verificado

No se deberán declarar los depósitos mayores a 5 mil pesos: SAT

Tras varias informaciones en los medios, de que a partir de junio de este año, se tendrían que declarar los depósitos superiores a 5 mil pesos al SAT.
El organismo federal aclaró, que es falso que se tengan que reportar dichos depósitos.

Este viernes la oficina de orientación fiscal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que no se deberán declarar los depósitos mayores a cinco mil pesos.

¿De dónde salió el rumor?
Varios medios de comunicación, aseguraron que vendría una “nueva” disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT)que obligaría a los contribuyentes a declarar depósitos desde 5 mil pesos. De acuerdo con el sitio web SpondeoMedia, las versiones de esta noticia; se le atribuyeron a Jonadab Martínez, diputado del congreso de Jalisco.

“En el Foro “Actualización de las nuevas reformas fiscales”, transmitido ese mismo día, el congreso de Jalisco contó con la participación de representantes de la empresa de contabilidad Gómez Gallardo Asociados. Fue en este evento que la mayoría de los medios aseguraron que Martínez dio a conocer las medidas del SAT. Sin embargo, sólo dio un discurso de inauguración y clausura del evento.

En realidad se trata de una tasa de retención del Impuesto Sobre la Renta a las aplicaciones que prestan servicios por Internet.

Se habló sobre la retención que se harían a las aplicaciones móviles que ofrecen productos y servicios por internet. Estas medidas sí entrarán en vigor en junio y, parcialmente, tienen que ver con la cantidad de 5 mil pesos.

Respecto a personas que trabajan en plataformas como Uber o Didi, Abelino, Avelino Ramírez, quien trabaja en la oficina de orientación fiscal, explicó que “deben pertenecer al régimen de actividades empresariales y profesionales o régimen de incorporación fiscal, y facturar de acuerdo a sus actividades e ingresos para posteriormente realizar su declaración ya sea anual o mensual”

Es importante mencionar que todos los contribuyentes dados de alta como personas morales deben declarar los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a 600,000.00 pesos.

La declaración se realiza dentro de los 15 días posteriores a que hayas recibido cantidades superiores a 600,000.00 pesos.

Con información de Reporte Índigo

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