21 Dic 2024

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SCJN invalida presupuesto asignado al INE para 2022; ordena a la Cámara de Diputados que elabore otro
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SCJN invalida presupuesto asignado al INE para 2022; ordena a la Cámara de Diputados que elabore otro

Los magistrado de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dieron al razón al Instituto Nacional Electoral (INE) en el juicio de controversia constitucional interpuesto por el órgano electoral contra el presupuesto asignado por la Cámara de Diputados para el ejercicio 2022, en donde el legislativo le recortó 4 mil 913 millones de pesos a la solicitud original.

En dicha resolución, se ordena a los legisladores que elaboren otro presupuesto, donde se justifique plenamente el recorte que se le aplicó o, de lo contrario, le otorgue la totalidad del financiamiento que solicitó originalmente, que era de 24 mil 649 millones 593 mil 972 pesos.

Cabe recordar que el INE argumentó que con los recursos asignados no le alcanzaba para realizar la consulta popular para la revocación de mandato, sin embargo el ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, al admitir el trámite les negó la suspensión solicitada, por lo que el ejercicio democrático se llevó a cabo con los recursos ya asignados.

Así, se aprobó el proyecto del ministro González, a pesar de que la ministra Margarita Ríos Farjat, presidenta de la Primera Sala, expuso que era preferible enviar este asunto al pleno de la SCJN.

“Se declara invalidez del decreto por lo que por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo concerniente al presupuesto asignado al Instituto Nacional electoral, anexos 1 y 32, en el ramo 22 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 201”, señala el tercer resolutivo del proyecto aprobado.

Y continúa: “La Cámara de Diputados deberá analizar y determinar en sesión pública lo que corresponda respecto al anteproyecto del Presupuesto de Egresos del Instituto Nacional electoral para el ejercicio fiscal 2022 dentro del lapso de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación”.

Esto significa que los legisladores deberán justificar legalmente el porqué procede el recorte, pues de lo contrario, tendría que entregar el remanente del presupuesto.

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