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Por considerar que la inauguración del AIFA es “propaganda gubernamental”, ordena el INE censurar la mañanera
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Por considerar que la inauguración del AIFA es “propaganda gubernamental”, ordena el INE censurar la mañanera

A pesar de que el proceso para determinar la validez del decreto de interpretación emitido por el Congreso de la Unión aún se encuentra en marcha y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aún no se pronuncia al respecto, el Instituto Nacional Electoral (INE) vuelve a exceder sus facultades al ordenar que en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina efectuada.

Y es que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE considera que durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 visible en el portal del Gobierno de México, hubo responsabilidad del presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia matutina del lunes pasado “por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato”, pues aseguran que informar sobre la apertura y funcionamiento del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, detallando la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, podría ser considerada como “propaganda gubernamental”.

Los consejeros electorales basan su decisión en el criterio aplicado por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el decreto de interpretación de los alcances del concepto de propaganda gubernamental, aprobado por el Congreso, proceso que aún no concluye y, por tanto, no debería ser considerado en las determinaciones que toma el INE.

Y más grave es que la argumentación que indica que el decreto aprobado por los legisladores no es aplicable “una vez iniciado el ejercicio de participación ciudadana”, es la opinión de un magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y no una determinación firme de ése colegiado pues, de ser así, estarían invadiendo la esfera de responsabilidades exclusivas de la SCJN, cometiendo así un ilícito.

Pero la posible comisión de una violación a la legalidad no impidió al Consejo General del INE ordenar a la Presidencia de la República, eliminar del contenido de vídeos y versiones estenográficas las manifestaciones realizadas por Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Alfredo del Mazo Maza, Gobernador del Estado de México; Luis Cresencio Sandoval González, Secretario de la Defensa Nacional; Gustavo Ricardo Vallejo Suárez, Ingeniero Residente General y Comandante del Agrupamiento de Ingenieros Felipe Ángeles; e Isidoro Pastor Román, Director General del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

Y no conformes con lo anterior, la comisión también consideró que el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado también violenta la veda electoral por las publicaciones realizadas en sus redes sociales Facebook, Instagram y Twitter el día 18 de marzo de 2022, ya que, aparentemente, un dirigente partidista está promoviendo la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato, lo cual no se encuentra permitido. Por ello, se le ordenó retirar el contenido de dichas publicaciones.

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