El INE rechazó la petición de Ricardo Salinas Pliego para suspender un spot de Morena donde aparece su imagen, al considerar que no hay calumnia.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó la solicitud del empresario Ricardo Salinas Pliego para suspender un promocional de Morena en el que aparece su imagen, pues determinó que, debido a su proyección pública e incluso a sus manifestaciones sobre participar en política, el empresario debe sujetarse a las reglas del debate público.
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Según se recuerda, Ricardo Salinas Pliego denunció al partido guinda por presunta calumnia, luego de que en un spot se incluyera una fotografía suya viajando en avión, dentro de una secuencia donde también aparece el expresidente Enrique Peña Nieto y el exgobernador Javier Duarte. En el promocional, la dirigente nacional de Morena, Luisa María Alcalde, señala:
“Hay quienes ven a México como un botín”.

¿Por qué el INE no eliminará el spot de Morena?
De acuerdo con la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, tras un análisis preliminar no se advierte la imputación de un hecho falso que amerite el dictado de medidas cautelares. El proyecto aprobado sostiene que el contenido del promocional, incluyendo frases e imágenes, se enmarca en el ámbito de la opinión política y el debate público sobre temas de interés nacional.
Por su parte, el consejero Arturo Castillo, presidente de la Comisión, coincidió en que el spot no atribuye un hecho “evidentemente falso”, por lo que no puede proceder una suspensión por calumnia; no obstante, precisó que la resolución no implica que cualquier ciudadano pueda ser incluido en propaganda partidista sin límites.

A la par, subrayó que el caso se analiza bajo criterios específicos fijados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los cuales permiten la inclusión de personas privadas con proyección pública en mensajes políticos.
De igual manera, Arturo Castillo explicó que se considera persona privada con proyección pública a quien tiene incidencia social por su actividad económica, profesional o política, características que, dijo, encuadran en el perfil del empresario.
Claudia Zavala declara improcedentes medidas cautelares
En tanto, la consejera Claudia Zavala añadió que la proyección pública del denunciante también deriva de sus propias declaraciones sobre su intención de participar en cargos de elección popular o en el Poder Ejecutivo federal, mismo que tendrá un cambio en el año 2030, cuando el sexenio de Claudia Sheinbaum Pardo llegue a su fin.

En ese sentido, enfatizó que la decisión no es generalizable a cualquier ciudadano, sino que responde a las particularidades del caso y al contexto de debate político-electoral. Con ello, la Comisión declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Ricardo Salinas Pliego, por lo que el promocional de Morena podrá continuar transmitiéndose conforme a la pauta establecida, sin modificaciones.
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Autor: Irving Sánchez/@irvingsannz

