Tepjf da luz verde al INE para elección judicial: “nadie puede poner obstáculos”
La Sala Superior del Tepjf aprobó una sentencia que deja sin efectos las suspensiones de jueces en contra del proceso electoral de personas juzgadoras.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) aprobó con tres votos a favor y dos en contra que continúe la elección de jueces y ministros, la cual está programada para el 1er domingo de junio de 2025.
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La tarde de este lunes 18 de noviembre se resolvió que es “constitucionalmente inviable” detener el proceso que forma parte de la nueva Reforma al Poder Judicial que fue presentada durante el gobierno de AMLO y aprobada en los primeros días del mandato de Claudia Sheinbaum.
El proyecto del magistrado Felipe Fuentes fue aprobado con los votos de la magistrada presidenta, Mónica Soto, el magistrado Felipe de la Mata y el magistrado ponente, quienes consideraron que esta sentencia busca dar certeza a las autoridades electorales y a la sociedad en general respecto a los comicios en los que se pretende elegir a 881 jueces, magistrados y ministros.
Dicha resolución deja sin efecto las suspensiones otorgadas por jueces de distrito en contra de las actividades tendientes a la elección del próximo 2 de junio de 2025.
Tepjf instruye al INE continuar con la elección judicial
La sentencia fue emitida a raíz de dos recursos, uno de ellos fue interpuesto por el Instituto Nacional Electoral el 13 de noviembre, en el que se solicitó una medida de protección provisional para garantizar la continuidad del proceso electoral.
Mientras que el otro fue presentado por la Mesa Directiva del Senado de la República el 25 de octubre y solicitó un pronunciamiento tendiente a garantizar en tiempo y forma el cumplimiento de las funciones del Senado, institución a la que corresponde la convocatoria y otros procesos relacionados con la elección de personas juzgadoras.
La sentencia señala:
“Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de alguna de las etapas a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación”.
Durante la sesión de este lunes, los magistrados Fuentes y De la Mata argumentaron que es inviable que, por la vía suspensiva o cautelar, se pretenda suspender un proceso electoral que ya ha sido convocado por las autoridades competentes, y que de hecho se puso en marcha desde el pasado 23 de septiembre.
De la Mata detalló que, además, hoy en día se cuenta con dos antecedentes importantes para llevar a cabo las elecciones: la reforma denominada como “de supremacía constitucional”, que blinda la reforma constitucional de la que derivan estas elecciones.
Por otro lado, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en contra de dicha reforma.
Mónica Soto, presidenta de la Sala Superior, argumentó que el Tribunal Electoral tiene facultades para resolver cualquier controversia relacionada con procesos electorales, y ésta no es la excepción.
“Nuestra función nos impone el deber de remover cualquier obstáculo legal o procesal que impida a las autoridades ejercer su función y cumplir con lo constitucionalmente ordenado”, señaló.
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