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TEPJF considera “propaganda electoral” informe de AMLO por 100 días y ordena bajarlo
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TEPJF considera “propaganda electoral” informe de AMLO por 100 días y ordena bajarlo

En una controversial decisión que se contrapone con el derecho de todos los mexicanos a ser informados de las acciones de gobierno, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por unanimidad que el Presidente Andrés Manuel López Obrador sí violó los artículos 41 y 134 al reportar a la población con el informe de 100 días del tercer año de Gobierno.

De acuerdo con el TEPJF, dicho informe sí constituyó propaganda gubernamental personalizada indebida, además de utilización de recursos públicos durante las campañas electorales, y por lo tanto se indicó que debe ser retirado de las redes sociales y de la página oficial del Gobierno de México hasta que concluya la jornada electoral, sentencia que alcanza también al área de comunicación social y vocería, además que se dictaron medidas de no repetición.

Esa decisión del Tribunal considera que el 30 de marzo, día en que se presentó el informe, ya habían iniciado campañas políticas en seis estados (Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora), por lo que, a criterio del TEPJF, se contraviene el artículo 134 Constitucional en su párrafo octavo que indica:

“La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres niveles de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier persona servidora pública”.

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