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Jun 2026
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Jun 2026

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SCJN falla contra AT&T por entregar línea telefónica sin verificar identidad del usuario

La SCJN validó el proyecto que obliga a las empresas de telecomunicaciones a responder ante un manejo negligente de los datos personales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico en contra de la empresa de telecomunicaciones AT&T.

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Este fallo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sienta un precedente histórico en México sobre la responsabilidad de las empresas de telecomunicaciones y la protección de la identidad de los usuarios.

A partir de ahora, las empresas que brinden servicios de telefonía móvil están obligadas a reforzar sus protocolos de seguridad implementando procesos más estrictos de verificación de identidad que incluyan un registro detallado en trámites de reposición de SIM.

Lo anterior para evitar que sus clientes queden desprotegidos ante la modalidad de fraude conocida como SIM swapping o clonación de chip, con la que podían vaciar cuentas bancarias de los usuarios.

SCJN condena a AT&T por entregar SIM a tercero sin verificar identidad

El Pleno de la SCJN determinó por unanimidad amparar a una mujer que acusó a AT&T de haber entregado un duplicado de su tarjeta SIM sin verificar la identidad.

Tras esto, la mujer perdió control de su línea y un tercero obtuvo acceso a sus cuentas digitales, aplicaciones de banco y a fotografías íntimas que divulgó en redes.

Con el fallo, la SCJN reconoció que este tipo de fraude constituye un ilícito que pone en riesgo grave la privacidad, los datos personales, la seguridad patrimonial y la integridad emocional de las personas usuarias, especialmente cuando el número telefónico se usa como medio de verificación para banca en línea y otras aplicaciones.

Además, reconoció que la mujer víctima sufrió una afectación grave a su dignidad, honor, autoestima y vida privada derivada tanto de la pérdida de control sobre su línea como de la divulgación de material íntimo.

El proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf dejó claro que este asunto afecta a millones de usuarios de telefonía móvil y por ello las empresas de telecomunicaciones deben responder ante un manejo negligente de los datos personales.

La SCJN concluyó que las concesionarias de telefonía están obligadas a resguardar los datos personales, la confidencialidad de las comunicaciones y la seguridad de las líneas, por lo que no pueden entregar una SIM a un tercero sin medidas robustas de verificación.

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