¿Qué significa la desaparición de poderes en Tamaulipas?
Ayer el senador Ricardo Monreal anunció que tiene todo listo para que el Senado de la República dictamine la desaparición de poderes en el Estado de Tamaulipas, en caso de que el Congreso local persista en su actitud de proteger a Francisco G. como gobernador, a pesar de encontrarse en calidad de prófugo de la justicia federal.
La desaparición de poderes es un proceso legal a través del cual se declara que los poderes públicos de un Estado han dejado de existir y como consecuencia el gobierno federal interviene por encima de la soberanía local, para designar nuevos poderes que sustituyan a los desaparecidos.
Este es un proceso cuya facultad exclusiva según el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, compete solamente al Senado de la República.
Históricamente la desaparición de poderes se origina con el presidente Sebastián Lerdo de Tejada en 1875, cuando restablece el Senado de la República para mantener el orden constitucional en los Estados y se confirma en la Constitución de 1917 como facultad exclusiva de ese órgano legislativo.
Lo curioso del asunto es que este proceso nunca fue realmente reglamentado sino hasta 1978, dejándose a criterio de los presidentes autoritarios para que lo usaran como mejor le conviniera a sus intereses.
En los 100 años que transcurrieron entre 1875 y 1975 se aplicó la desaparición de poderes en los Estados en 49 ocasiones, la gran mayoría de ellas a capricho del presidente en turno; sólo de 1917 a 1975, al amparo del artículo 76 de la nueva Constitución Política, se aplicó 48 de esas 49 veces.
En Nuevo León se operó por primera y única vez este proceso en 1885, colocándose como gobernador al general golpista Bernardo Reyes. A partir de ahí un proceso como este no volvió a suceder sino hasta 1918, casualmente en Tamaulipas, donde se ha aplicado 5 veces, la última de ellas en 1947.
En Guerrero se ha llevado a cabo 6 veces, la última en 1975 con Echeverría, quien también aplicó este procedimiento en Hidalgo por primera y única vez en la historia en ese mismo año. En Michoacán se ha realizado una vez también. En Guanajuato ha sucedido 4 veces, una en Querétaro, 3 en Jalisco, una en el Estado de México, 3 en Puebla, una en Campeche, una en Yucatán, 2 en Morelos, 3 en Chiapas, una en Oaxaca, 2 en Durango, 2 en San Luis Potosí, 3 en Nayarit, una en Veracruz, 2 en Colima, una en Sinaloa, Sonora y Tlaxcala.
En resumen se ha aplicado en 22 Estados a lo largo de la historia, aunque después de su reglamentación en 1978 no se volvió a aplicar porque la decisión ya no estaba en manos de un presidente autoritario, sino de un proceso dentro del Senado, que sólo puede declarar la desaparición de los poderes una vez que esta ya existe de facto.
Hoy, dadas las condiciones en la que un delincuente prófugo de la justicia federal se está atrincherando para conservar el poder, escudado en un poder legislativo integrado por sus cómplices y en grupos armados vestidos con o sin uniforme, se podría llevar a cabo la primera desaparición de poderes en los últimos 46 años, para reinstaurar el orden constitucional en el Estado de Tamaulipas y terminar de una vez por todas con la caterva de criminales que han gobernado ese Estado durante varias décadas, la mayoría de los cuales hoy se encuentran en la cárcel.
La mayoría de los habitantes de este país nunca habíamos visto que sucediera un proceso de este tipo y de tal importancia, porque la ingobernabilidad estatal era un producto derivado de la misma delincuencia organizada desde el gobierno federal y esa ya no existe. Así es que la maquinita de la justicia comienza a funcionar como debería haberlo hecho hace muchos años.
Como decía el filósofo español Juan Luis Vives: “Desterrada la justicia que es vínculo de las sociedades humanas, muere también la libertad que está unida a ella y vive por ella”.