La ministra Lenia Batres consideró que, una vez más, la Suprema Corte sucumbió a los intereses ilegítimos de los poderes fácticos.
La ministra Lenia Batres denunció que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cometió una violación a la ley tras declararla impedida para votar sobre los asuntos relativos al caso de Ricardo Salinas Pliego.
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El Pleno programó para hoy una discusión para discutir sobre un amparo promovido por Salinas Pliego contra la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para solicitarle su información bancaria.
Como se recordará, la UIF solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) toda la información financiera de Salinas Pliego, incluyendo datos bancarios, crediticios y bursátiles, desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de la solicitud.

Ministra Lenia Batres acusa sumisión a Salinas Pliego
Por medio de una publicación en redes, la ministra Batres informó que se retiró de la sesión tras haberse dado a conocer que el Pleno de la Corte le impidió conocer y participar en la revisión del amparo promovido por Salinas Pliego.
“Este miércoles me retiré de la sesión privada de la Segunda Sala de la Suprema Corte, ante la intención de sus integrantes de declararme impedida para conocer y votar el amparo en revisión 492/2023, sobre las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para requerir información bancaria del señor Ricardo Salinas Pliego”.
La ministra señaló que hubo sometimiento y complicidad por parte de los integrantes de la SCJN y una violación al Reglamento Interior de la Corte.
“Posteriormente, explicaré a detalle estas violaciones y las razones por las que considero que se trata de un acto de sometimiento y complicidad de integrantes del máximo órgano jurisdiccional de nuestro país a los intereses ilegítimos de los poderes fácticos”.

SCJN impide a ministra Lenia Batres participar en votación caso Salinas
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad de votos, incluido el de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que la ministra Lenia Batres Guadarrama sí estaba legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión 492/2023, cuyo quejoso es Ricardo Benjamín Salinas Pliego.
La Corte basó su decisión en las publicaciones realizadas por la ministra de pueblo en su cuenta personal de X en las que expresó su opinión sobre Ricardo Salinas.

Argumentaron que la resolución está basada en el artículo 17 de la Constitución que garantiza imparcialidad a cualquier persona que sea sujeta a ser juzgada:
“El principio de justicia imparcial, contenido en el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, establece el derecho que toda persona tiene de que se les administre justicia de manera pronta, completa e imparcial, y se entiende como el deber que tienen los juzgadores de ser ajenos a los intereses de las partes dentro de una controversia”.

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