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Jun 2026
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Grupo Salinas revienta contra el Tepjf por avalar uso de su imagen en spot de Morena

El Tribunal Electoral determinó que no ve calumnia ni uso indebido de la imagen en el spot, pero Grupo Salinas no está conforme.

Grupo Salinas reaccionó a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), que permitió a Morena utilizar la imagen del empresario Ricardo Salinas Pliego en un spot sin requerir su autorización.

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Mediante un comunicado difundido en sus plataformas oficiales, la empresa aseguró que la decisión forma parte de un supuesto “acoso sistemático” impulsado desde la presidencia en contra de Salinas Pliego. Además, afirmó que el fallo refleja un debilitamiento de las instituciones electorales y una presunta subordinación de estas al partido gobernante.

En el documento, la compañía criticó con dureza la actuación de la autoridad electoral y sostuvo que la resolución evidencia un deterioro del sistema democrático mexicano.

“Una vez más, la justicia electoral al servicio del partido gobernante”, expresó Grupo Salinas al inicio de su posicionamiento, en el que cuestionó la imparcialidad de los órganos encargados de garantizar la legalidad electoral.

Grupo Salinas revienta al Tepjf por avalar spot de Morena

Grupo Salinas cuestiona independencia del Tribunal Electoral

Grupo Salinas expresó su rechazo a la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) que permite a Morena utilizar la imagen de Ricardo Salinas Pliego.

La compañía calificó la resolución como una afectación directa al derecho a la propia imagen y a la libertad de expresión, al considerar que dicho uso no tiene un propósito informativo legítimo.

En su posicionamiento, el conglomerado señaló que los partidos políticos no deberían recurrir a la imagen de particulares en sus campañas, y criticó que la autoridad electoral haya validado esta práctica.

Grupo Salinas revienta al Tepjf por avalar spot de Morena

A su juicio, se trata de un uso indebido de los tiempos oficiales de radio y televisión, financiados con recursos públicos provenientes de los contribuyentes, además de una normalización de señalamientos que podrían considerarse calumniosos.

La empresa advirtió que esta resolución podría abrir la puerta para que otras fuerzas políticas empleen estrategias similares en contra de ciudadanos, empresarios o figuras críticas del gobierno. Asimismo, cuestionó el desempeño de los magistrados electorales y sostuvo que la decisión representa un retroceso en la protección de derechos fundamentales.

Grupo Salinas recordó que en 2015 el propio tribunal había establecido que los partidos no podían utilizar imágenes de personas privadas en propaganda política, por lo que acusó una contradicción en los criterios actuales.

El grupo también vinculó el fallo con la reforma al Poder Judicial impulsada por el oficialismo, argumentando que este tipo de decisiones refleja una pérdida de independencia institucional.

Grupo Salinas revienta al Tepjf por avalar spot de Morena

Finalmente, Grupo Salinas sostuvo que el caso trasciende a su presidente y podría impactar a cualquier ciudadano que exprese críticas hacia el poder político, por lo que llamó a defender la integridad de los derechos individuales frente a lo que considera un precedente preocupante.

Tepjf avala uso de imagen de Salinas Pliego en spot

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) resolvió que Morena no incurrió en un uso indebido de la pauta en televisión al incluir la imagen de Salinas Pliego en el spot Por el bien.

De acuerdo con el proyecto aprobado, el uso de la fotografía del empresario se encuentra justificado debido a su exposición pública en distintos asuntos de interés general. El tribunal consideró que, por esta razón, Salinas Pliego está sujeto a un mayor nivel de escrutinio público, lo que permite la inclusión de su imagen en contenidos de carácter político.

Tepjf avala uso de imagen de Salinas Pliego en spot

La resolución establece que la aparición del empresario se integra en un contexto de contraste ideológico, sin que ello implique una intención de estigmatización permanente ni la pérdida de una función comunicativa dentro del mensaje del partido.

Asimismo, la sentencia elaborada por el magistrado presidente Gilberto Bátiz sostiene que el spot no configura calumnia, ya que se trata de un juicio de valor u opinión política. En ese sentido, el contenido no atribuye de forma directa, expresa o inequívoca hechos falsos a ninguna persona.

Con este criterio, el Tribunal Electoral determinó que el material difundido por Morena se mantiene dentro de los límites permitidos por la libertad de expresión en materia electoral y no vulnera disposiciones sobre el uso de la pauta en radio y televisión.

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