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Pide Jeanine Áñez a Evo Morales que no emita declaraciones desde México; Cancillería la batea
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Pide Jeanine Áñez a Evo Morales que no emita declaraciones desde México; Cancillería la batea

Y que la van bateando…
La auto proclamada presidenta de Bolivia, Jeanine Áñez, había anunciado que presentaría un reclamo diplomático a México para exigirle al ex presidente Evo Morales que cumpla con los protocolos de asilo y se abstenga de emitir declaraciones, además, Añez invocó el tratado internacional de Montevideo de 1939.

“Tiene que exigirle a Evo Morales que cumpla con los protocolos de asilo y no estar incitando al país con su afán prorroguista desde donde está. Eso es verdaderamente vergonzoso”.

Sin embargo, la cancillería mexicana informó que los comentarios y declaraciones del ex presidente Morales están dentro del marco de la libertad de expresión a la que tienen derecho las personas asiladas y ningún país puede reclamar a otro por ello, puesto que México no forma parte de ese tratado que menciona las nuevas autoridades de Bolivia.

En ese mismo sentido la cancillería mexicana le informó a la presidenta “interina” que nuestro país no es parte del Tratado de Montevideo, el cual Bolivia ha firmado, pero no ratificado; también detalló que el derecho de libertad de expresión está garantizado en el artículo 6 constitucional, así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que ninguno de ellos “hace distinción entre ciudadanos y extranjeros, ni tampoco sobre la condición con la que se encuentran en el país”.

La cancillería mexicana informó que la Convención sobre Asilo Territorial señala que “no se puede coartar la libertad de expresión de los asilados y que ese derecho no puede ser motivo de reclamación por otro Estado basándose en conceptos que contra éste o su gobierno expresen públicamente los refugiados”.

Esto, abundó, “significa que la libertad de expresión de asilados no debe estar sujeta a mayores limitaciones que las que tiene cualquier mexicano y que incluso —si existiera conflicto entre disposiciones— el artículo 1 constitucional obliga a que las normas se interpretan favoreciendo la protección más alta de las personas”.

Con información de Milenio

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