A petición del titular del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, el TDJ ordenó la suspensión temporal de la jueza.
La noche del domingo 17 de noviembre, se dio ca conocer que el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) del Poder Judicial de la Federación (PJF), determinó ordenar la suspensión temporal de una jueza en el Estado de México.
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De acuerdo con el magistrado Rufino H. León Tovar, la funcionaria habría cometido posibles irregularidades en el juicio de amparo contra Florian Tudor, presunto líder de la Banda de la Riviera Maya.
Al acusado se le atribuye el saqueo de millones de dólares, mediante la clonación de tarjetas en cajeros de centros turísticos de México y la jueza frenó su extradición.
Jueza obstaculizó la extradición de Florian Tudor
La Comisión de Disciplina del Poder Judicial de la Federación ordenó una medida cautelar de suspensión temporal contra una jueza, atendiendo la solicitud del titular del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas.
Esta decisión se tomó luego de que se presentaran diversas denuncias en su contra por presuntas faltas administrativas que podrían afectar la correcta impartición de justicia.

De acuerdo con los señalamientos, la juzgadora habría emitido resoluciones en juicios de amparo que obstaculizaban, de manera indebida, procesos de extradición y que, además, otorgaban beneficios irregulares a personas sujetas a dichos procedimientos.
El TDJ detalló que, en uno de los casos señalados, la autoridad denunciante expuso que la jueza intervino en un juicio de amparo promovido para impugnar la orden de extradición de un ciudadano de origen rumano.
Según los artículos 128 y 139 de la Ley de Amparo, la suspensión únicamente debía aplicarse en relación con la orden de extradición y de forma estrictamente necesaria.
No obstante, la juzgadora habría ampliado los efectos de la suspensión más allá de lo permitido, otorgando beneficios que no correspondían a la naturaleza de los actos reclamados.

La situación se agravó cuando la jueza determinó el centro de reclusión en el que debía permanecer el quejoso. Esta acción, considerada irregular, invadía facultades exclusivas del sistema penitenciario federal.
De acuerdo con los artículos 14 y 52 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, es responsabilidad de las autoridades penitenciarias decidir sobre el lugar de internamiento y adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y gobernabilidad de los centros federales.
Dichas atribuciones, por su importancia, no pueden quedar subordinadas a decisiones emitidas dentro de una suspensión procesal.

TDJ suspende a jueza de Edomex
Durante una sesión privada realizada el jueves pasado, y con votación unánime, la Comisión de Disciplina acordó suspender temporalmente a la funcionaria mientras concluye la investigación y, en su caso, el procedimiento disciplinario correspondiente.
Por su parte, Rufino H. León Tovar, magistrado presidente de dicha comisión, afirmó que no se tolerarán conductas de ningún integrante del Poder Judicial que pongan en riesgo la impartición de justicia o violenten el Estado de derecho, sin importar su cargo o jerarquía.
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