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INE pone último clavo en ataúd del PRD: publica aviso de liquidación en el DOF
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INE pone último clavo en ataúd del PRD: publica aviso de liquidación en el DOF

El INE publicó los lineamientos que debe seguir el PRD para liquidar los adeudos con trabajadores, acreedores y proveedores.

El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó los lineamientos oficiales para liquidar al Partido de la Revolución Democrática.

El partido político, fundado en mayo de 1989, no alcanzó el 3 por ciento de la votación respecto a los cómputos distritales de las 3 elecciones federales necesarios para conservar su registro ante el INE.

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La Junta General Ejecutiva del INE emitió la declaratoria oficial de pérdida de registro, en la que detallan los lineamientos a seguir con los bienes, patrimonio, activos y deudas.

Orígenes del PRD

De acuerdo con el documento, el PRD cuenta con 72 horas para alegar lo que a su derecho convenga, mediante escrito que presente ante la Secretaría Ejecutiva del Instituto.

INE hace oficial el adiós al PRD

INE publica lineamientos de liquidación del PRD

Ricardo Badin, interventor del INE, publicó el aviso en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sobre la liquidación del patrimonio del partido.

En total, son 14 puntos los que se deben seguir, los cuales se detallan a continuación:

  1. Se observa lo establecido en la Constitución y Ley General de Partidos sobre los porcentajes mínimos para conservar registros
  2. De acuerdo con la Sala Superior del Tepjf, los recursos en poder del instituto político se dividirán en 33 partes que se ocuparan para cubrir las obligaciones de cada Junta de Gobierno Estatal y sus empleados, lo que sobre se destinará a los acreedores de cada comité.
  3. El interventor del INE llevará a cabo el proceso de liquidación
  4. En los estados en los que el PRD conserve aun el registro, les será transmitido el patrimonio al que tengan derecho, previa promesa de liquidar pasivos pendientes.
  5. El interventor liquidará adeudos en el siguiente orden: adeudos a trabajadores, adeudos fiscales, sanciones administrativas impuestas por el INE y pago a proveedores y acreedores
  6. En caso de quedar saldo positivo, este se debe reintegrar al INE o a los Organismos Públicos Locales Electorales y transferidos a la Tesorería de la Federación.
  7. Integridad del patrimonio: El patrimonio del PRD no puede enajenarse o gravarse.
  8. Convocatoria para acreedores: Se abre un plazo de 20 días para que los acreedores presenten su solicitud de reconocimiento de crédito en la sede del interventor en Ciudad de México.
  9. Publicación de listas definitivas: Posteriormente, se publicará en el DOF la lista final de créditos, detallando los montos y el orden de prelación en el que serán pagados.
  10. Segunda vuelta’ para acreedores: Una vez publicadas en el DOF las listas provisionales de créditos a cargo del PRD, aquellas personas que consideren que les asiste un derecho y no hubiesen sido incluidas en dichas listas, deberán acudir ante el Interventor, dentro del plazo de 30 días hábiles
  11. Publicación de listas finales.
  12. Balances finales y cuotas de liquidación: Una vez definida la lista definitiva de créditos, se determinará el balance de bienes restantes
  13. Informe final: Al concluir el proceso, el interventor presentará al INE un informe detallado sobre la liquidación del PRD y el destino final de los bienes.
  14. Atención a acreedores y contacto: El interventor proporcionará asesoría a los acreedores en el domicilio de la liquidación

INE publica aviso liquidación PRD

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