Karla Estrella no podrá salir del registro de personas que han ejercido violencia política de género hasta el 17 de enero de 2027.
El nombre de Karla Estrella Murrieta ya figura en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
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La ciudadana sonorense fue sentenciada de forma definitiva e inatacable tras una denuncia presentada por la diputada del Partido del Trabajo, Diana Karina Barreras, luego de que Murrieta hiciera comentarios críticos en redes sociales sobre el diputado morenista Sergio Gutiérrez Luna, esposo de la legisladora.
El caso, que ha causado una fuerte ola de indignación en redes sociales, derivó en una serie de sanciones impuestas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), entre ellas:

- Una disculpa pública durante 30 días consecutivos
- Una multa económica de mil 805.70 pesos
- La inscripción por un año y medio en el Registro Nacional de Personas Sancionadas
- La toma obligatoria de un curso sobre derechos de las mujeres y perspectiva de género, cuyo costo también deberá cubrir la sancionada.
La sanción se mantendrá vigente hasta el 17 de enero de 2027, fecha en la que Karla Estrella podrá salir del registro de personas que han ejercido violencia política de género.
Karla Estrella critica candidatura de esposa de Gutiérrez Luna
Todo comenzó cuando Karla Estrella publicó un comentario en la red social X (antes Twitter), en el que sugería que Gutiérrez Luna habría influido para incluir a su esposa, Diana Karina Barreras, en una candidatura federal:
“Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas.”
Aunque la propia sentencia reconoce que no hubo calumnia ni imputación de hechos falsos, el Tribunal consideró que el mensaje configuraba varios tipos de violencia: digital, simbólica, psicológica, mediática, análoga y por interpósita persona, al interpretar que se reprodujeron estereotipos de género como el síndrome de la impostora y el síndrome Cassandra, entre otros.

Pese a que en redes sociales la diputada Barreras ha asegurado que “no necesitaba” una disculpa pública, el expediente muestra lo contrario: ella fue quien pidió expresamente la disculpa y solicitó que se publicara en dos medios nacionales, aunque esta petición fue rechazada por no ser proporcional.
En su lugar, el Tribunal determinó que la disculpa se realice en la página web personal de la sancionada.
Tribunal incluye a Karla Estrella en el registro de VPG
La incongruencia entre lo dicho por Barreras en redes y lo solicitado legalmente ha sido duramente criticada, más aún después de que figuras como la presidenta Claudia Sheinbaum y la senadora Citlalli Hernández calificaran la sentencia como un exceso y un acto de soberbia.

A pesar de los intentos posteriores de la diputada por “rectificar” en redes sociales y pedir que no se ejecutara la sentencia, el fallo del Tribunal es definitivo e irreversible, por lo que la ciudadana deberá cumplir cabalmente cada una de las sanciones.
La resolución del caso se dio tras un empate en la Sala Superior del TEPJF, donde el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, que exoneraba a Karla Estrella, fue rechazado por la magistrada presidenta Mónica Soto y el magistrado Felipe Fuentes.
Soto desempató el fallo, validando la sentencia de la Sala Regional Especializada, a cargo de la magistrada en funciones Mónica Lozano.

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Rodríguez Mondragón argumentó que la crítica de Murrieta era legítima, dirigida a un funcionario público y centrada en cuestionar presunto nepotismo, no en menoscabar las capacidades de una mujer por su condición de género.
“¿De qué manera puede una ciudadana criticar el nepotismo sin mencionar el vínculo conyugal?”, cuestionó el magistrado, señalando que el mensaje no hacía alusión a las capacidades de Barreras, sino al presunto uso del poder político por parte de su esposo.
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